La Organización Médica Colegial de España (OMC) ha decidido reformar y actualizar el actual Código de Deontología Médica, vigente desde el año 2011. El nuevo borrador ha sido redactado por la Comisión Central de Deontología y remitido a todos los Colegios de Médicos, para que se pueda analizar y consecuentemente hacer aportaciones o alegaciones. Un proceso al que estaban invitados a participar los colegiados que así lo deseasen, enviando sus alegaciones por los cauces oficiales a este Colegio antes del 31 de diciembre –
Ya está disponible el borrador del nuevo código deontológico de la profesión médica, que pueden consultar los colegiados. Con el borrador en la mano, los Colegios deben revisar y enviar sus observaciones a la OMC así como las de sus colegiados. El último día para que la OMC reciba esas alegaciones es el 31 de enero de 2019, por lo que se solicita a los colegiados interesados en participar en este proceso, que envíen sus alegaciones al Colegio de Médicos de Araba/Álava siguiendo los cauces oficiales antes del 31 de diciembre.
Nueva estructura
El actual Código está estructurado en 21 capítulos y 66 artículos, una disposición adicional y cinco disposiciones finales. En este se incluyeron 5 capítulos que hasta entonces no se habían recogido, (Objeción de conciencia, Atención médica al final de la vida, Pruebas genéticas, Dopaje deportivo y Docencia médica). La propuesta del «nuevo» Código comprende 28 capítulos, 121 artículos, una disposición adicional, cinco disposiciones finales, un índice de términos y un glosario.
Los 5 capítulos nuevos hacen referencia a: Historia clínica y documentación (cap. IV), Seguridad del paciente (cap. IX), Deberes de los Directivos Colegiales (cap. XII), Atención a la violencia (cap. XVIII) y De la Responsabilidad (cap. XXII).
Por su parte se modifican 5 capítulos que ya estaban recogidos en el código anterior: Relaciones del médico con sus pacientes. Información y Consentimiento (cap. III), Deberes del Médico con la Corporación Colegial (cap. XI), Trasplantes de órganos y tejidos (cap. XIV), Tortura, vejaciones y limitaciones en la libertad de las personas (cap. XIX), Docencia y Formación (cap. XXIII).