El tiempo de presencia física en las guardias debe ser considerado tiempo de trabajo

La OMC ha respondido a la consulta pública de la Comisión Europea sobre tiempo de trabajo ya que la guardia es indivisible y la disponibilidad del médico absoluta, tanto física como intelectualmente –

La Organización Médica Colegial (OMC) de España ha respondido a la consulta pública de la Comisión Europea sobre la revisión de la Directiva de tiempo de trabajo cuyo principal objetivo es "proteger a los trabajadores contra el exceso de horas de trabajo y el incumplimiento de los periodos de descanso".

Esta protección es especialmente importante para el sector sanitario ya que, debe garantizarse la seguridad del paciente impidiendo que presten los servicios de salud y emergencia profesionales cuyas aptitudes y capacidad de razonamiento se vean mermadas por el agotamiento y el estrés tras largas jornadas de trabajo.

Por otro lado, el equilibrio entre trabajo y vida privada es fundamental a la hora de ofrecer condiciones laborales más atractivas para las profesiones sanitarias y paliar la falta de personal cualificado que padece este sector.

La Comisión plantea dos grandes opciones: Revisar sólo los aspectos conflictivos de la Directiva, que son el tiempo de guardia y los descansos compensatorios, o hacer una revisión global incluyendo todos los aspectos que han destacado los interlocutores sociales en sus respuestas.
La OMC considera que es necesario encontrar un marco global que de respuesta y cobertura a todas las preocupaciones, dudas e incertidumbres que se han puesto de manifiesto. En concreto, que incluya cuestiones como: la seguridad del paciente, la salud del médico, la conciliación de la vida laboral y familiar y la importante incorporación de la mujer al mundo de la medicina.

Tiempo indivisible

Todo ello, según ha expuesto, siguiendo la línea jurisprudencial de las sentencias SIMAP y JAEGER en cuanto a contabilizar como trabajo todo el tiempo de guardia. Por consiguiente, el tiempo de guardia de presencia física debe siempre ser considerado como tiempo de trabajo ya que la guardia es indivisible porque la disponibilidad del médico es absoluta, tanto física como intelectualmente.

En cuanto a los periodos de descanso, desde la OMC se ha puesto de manifiesto que la libranza de la guardia tiene que ser inmediata a la finalización de la misma.

2011-03-28

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