Ante la aprobación del Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, el Colegio Oficial de Médicos de Araba/Álava y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos manifiestan su acuerdo con la redacción del artículo 3 del RD. Accede al texto completo en el interior. –
Comunicado
El Colegio Oficial de Médicos de Araba/Álava ante la aprobación del Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), y el Colegio Oficial de Médicos de Araba/Álava ante la aprobación del Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, manifiestan:
Es acertada la redacción definitiva del artículo 3 de este Real Decreto y el haberse considerado y acogido las propuestas de la profesión médica siempre en el marco de la mejor protección de la salud, de la seguridad de la atención y de la efectividad alcanzada por el tratamiento de los pacientes.
Consideramos que queda perfectamente delimitado el campo de actuación y competencias de ambas profesiones respecto a las responsabilidades de médicos y de enfermeras en relación a los medicamentos sujetos por ley a prescripción médica.
Los cambios realizados se corresponden con el preámbulo y justificación del Decreto, y son acordes a la jurisprudencia del Tribunal Supremo mencionada en el mismo en lo relativo a que la responsabilidad del diagnóstico, tratamiento y prescripción corresponde al médico.
Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2015