Convocatoria de becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2020.

El BOPV publicó el 27 de octubre esta convocatoria para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud que se inicien durante el año 2020 tales como Asistencia a cursos de postgrado impartidos por centros universitarios estatales o centros extranjeros de al menos 60 créditos ECTS. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden. –

Actividades subvencionables

Esta orden tiene por objeto convocar y regular la concesión de becas y ayudas para finan¬ciar actividades formativas en el ámbito de la salud que se inicien durante el año 2020 en alguna de las siguientes modalidades:

a) Asistencia a cursos de postgrado impartidos por centros universitarios estatales o Institutos de Salud, dependientes del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social o Escuelas de Salud dependientes de las comunidades autónomas, o cursos que, aun no siendo impartidos por esas entidades, adquieran esa condición a consecuencia de un convenio, y sean generadores de un título de postgrado propio de la universidad, que vayan dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en las áreas siguientes:

  • Gestión sanitaria: control y gestión de costes sanitarios y hospitalarios, marketing, recursos humanos, productividad y planificación de los servicios sanitarios, control de la calidad, atención sociosanitaria, riesgos del personal sanitario, tipos de organizaciones sanitarias, políticas de ges¬tión sanitaria, planificación estratégica, inspección de servicios sanitarios y tratamiento informático de la gestión.

  • Salud pública: destacando la prevención de la obesidad Infantil y trastornos alimentarios, la implantación de herramientas metodológicas (estadística y epidemiología); planificación y eva¬luación (necesidad, oferta y demanda, eficacia, efectividad, eficiencia y equidad, indicadores; estrategias de prevención y protección frente a enfermedades; promoción de la salud).

  • Cuidados paliativos: aspectos culturales, sanitarios, psicosociales, legales y éticos; gestión de los servicios dedicados a ofrecerlos; investigación, control de síntomas y toma de decisiones.

  • Medicina familiar y comunitaria: fomento y promoción de su desarrollo.

  • Integración asistencial: organización de cuidados sanitarios cuyo objetivo es la mejora de los resultados en las y los pacientes, mediante la integración de procesos asistenciales, como indica el Plan de Asistencia Integrada de Euskadi.

  • Estrategias de prevención del Suicidio.

  • Acciones del plan oncológico de Euskadi.

  • Trastornos Neurodegenerativos y neuromusculares.

  • Género y salud: formación integral en el campo del género y la salud con el fin de incorporar el enfoque de género a la actividad asistencial, de planificación y de gestión en los servicios sanitarios, elaborar y evaluar proyectos de investigación en dicho campo, plantear y desarrollar investigaciones en el campo de la salud y el género que supongan un avance en el conocimiento científico junto a la detección y tratamiento de la violencia de género en el ámbito sanitario.

b) Asistencia a cursos de postgrado impartidos en centros universitarios extranjeros y estancias formativas, durante un periodo limitado, en centros sanitarios o de investigación sanitaria extranje¬ros, para realizar programas de formación individualizados dirigidos a aumentar los conocimientos y habilidades en todas las áreas relacionadas con las ciencias de la salud.

Créditos

La carga académica de los cursos debe ser de al menos 60 créditos ECTS y pueden estar dirigidos a la obtención de títulos tanto oficiales como propios.

Personas beneficiarias.

Pueden resultar beneficiarias de las becas y ayudas aquellas personas físicas que además de cumplir con los requisitos generales recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvencio¬nes, en particular reúnan las siguientes condiciones:
a) Disponer de título universitario superior o medio.
b) Hallarse empadronadas en municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de la beca o ayuda.
c) Realizar alguna de las actividades formativas establecidas en el artículo 1.
d) No encontrarse realizando formación bajo el sistema de residencia.
e) Estar colegiadas en sus respectivos colegios profesionales.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2020/10/2004504a.pdf

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