El BOPV del 1 de septiembre publica esta orden tiene por objeto convocar y regular la concesión de becas y ayudas para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud que se inicien durante el año 2023 en alguna de las siguientes modalidades:
- Realización de cursos de posgrado impartidos por centros universitarios estatales o Institutos de Salud, dependientes del Ministerio de Sanidad o Escuelas de Salud dependientes de las comunidades autónomas, o cursos que, aun no siendo impartidos por esas entidades, adquieran esa condición a consecuencia de un convenio, y sean generadores de un título de posgrado propio de la universidad.
Las actividades formativas estarán dirigidas a la adquisición de competencias avanzadas en las áreas siguientes:
- Gestión sanitaria
- Salud pública
- Cuidados paliativos
- Medicina familiar y comunitaria
- Integración asistencial
- Estrategias de prevención del suicidio
- Acciones del plan oncológico de Euskadi
- Demencias neurodegenerativas
- Enfermedades neuromusculares
- Género y salud
- Eutanasia
- Enfermedades cardiovasculares
- Bioética
2. Realización de cursos de posgrado impartidos en centros universitarios extranjeros que vayan dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en las áreas mencionadas.
3. Estancias formativas en centros sanitarios o de investigación sanitaria extranjeros para realizar programas de formación individualizados dirigidos a aumentar los conocimientos y habilidades en todas las áreas relacionadas con las ciencias de la salud.
La beca o ayuda se concederá solamente para un período máximo de un año académico. En los cursos de posgrado a subvencionar se deberán superar la totalidad de los créditos ETCS reflejados en el programa formativo correspondiente al año académico cursado.
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 2 de octubre de 2023.