Euskadi regula la instalación y uso de desfibriladores en espacios de uso público

El Colegio de Médicos de Álava impartió durante el pasado año varios cursos de formación ante situaciones de riesgo vital tanto a profesionales sanitarios como a la ciudadanía, en los que se daba a conocer las maniobras de RCP u OVA y el funcionamiento del desfibrilador automático. Recogemos el Decreto publicado en el BOPV el 4 de febrero. –

El Consejo de Gobierno vasco aprobó un nuevo Decreto por el que se regula la instalación y uso de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos, y se establece la obligatoriedad de su instalación en determinados espacios de uso público externos al ámbito sanitario, como grandes establecimientos comerciales y centros educativos con aforo igual o superior a las 2.000 personas, y en espectáculos deportivos y recreativos con aforo superior a las 700 personas, entre otros. Decreto publicado en el BOPV el 4 de febrero.

Cada aparato tiene un coste de alrededor de 1.200 euros que no será sufragado por parte de la Administración sino que correrá a cargo del titular del espacio donde sea obligatorio su instalación.

En concreto, el Decreto establece la instalación de desfibriladores en los grandes establecimientos comerciales, individuales y colectivos, aeropuertos y puertos comerciales, estaciones de autobuses o ferrocarril de poblaciones de más de 50.000 habitantes, y las estaciones de metro, tren o autobús con una afluencia media diaria igual o superior a 2.000 personas. También se deberán instalar en los establecimientos públicos, instalaciones, espectáculos y actividades recreativas con aforo autorizado superior a 700 personas, y en los centros educativos con un aforo igual o superior a 2.000 personas.

Estos lugares deberán contar con estos aparatos en un plazo de 12 meses desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Requisitos técnicos

La norma contempla los requisitos técnicos que deben cumplir los desfibriladores, especialmente en las condiciones de instalación, en cómo debe de estar señalizado el dispositivo y en su utilización, tanto de aquellos de instalación obligatoria como de los que se instalen de forma voluntaria.

Como novedad, además, se crea el Registro Vasco de Desfibriladores Externos Automatizados, adscrito al Departamento de Salud y al que se tiene la obligación de comunicar tanto la instalación como la retirada del aparato.

Actualmente en Euskadi hay 550 desfibriladores externos automáticos censados (DEAS). Los últimos datos analizados por el Servicio de Emergencias de Osakidetza, en el periodo de un año, comprendido entre el 1 agosto de 2013 a 31 de julio de 2014, ha habido 150 actuaciones con uso de DEA: 140 por parte de un recurso de soporte vital básico (SVB), 9 por parte de personal de los centros de salud y una en instalaciones deportivas. Así, informaron que el año pasado 840 personas sufrieron una parada fuera de los centros sanitarios, 170 tuvieron una reanimación básica para llegar con vida a un centro sanitario y, de ellas, 45 personas fueron dadas de alta.

2015-01-30

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