Se ha creado un Libro de Tarifas, que ya se encuentra a disposición de los interesados. En la resolución se refleja la potestad del director general de Osakidetza de incluir nuevas prestaciones en la Cartera de Servicios susceptibles de una facturación singular. –
El Consejo de Administración de Osakidetza ha hecho pública, a través de su aparición en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), la aprobación de las tarifas por prestación de servicios sanitarios y docentes a terceros obligados al pago durante el ejercicio correspondiente a 2013. Para ello, ha creado un libro de tarifas disponible en todas las organizaciones pertenecientes al ente público, así como en su página web.
Estarán obligados al pago de estas tarifas las personas físicas o jurídicas que se encuentren comprendidas entre los supuesto que contempla el Anexo IX del Real Decreto 1030/2006, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
También se aplicarán las mismas tarifas a aquellos asegurados o beneficiarios de países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza que no sean residentes en España, así como a los asegurados o beneficiarios de países con los que existan acuerdos bilaterales en materia de Seguridad Social.
En la resolución se refleja la potestad del director general de Osakidetza, Jon Etxeberria, de incluir nuevas prestaciones en la Cartera de Servicios susceptibles de una facturación singular. Además, podrá suscribir convenios especiales con determinados colectivos para la prestación de asistencia sanitaria en base al pago de una cantidad mensual/anual por persona o beneficiario.
Asimismo, el ente público podrá alcanzar acuerdos o convenios con terceros para ofrecer unas condiciones de precio más favorables, siempre y cuando exista capacidad excedentaria de actividad tras la cobertura de la demanda planteada por el Departamento de Salud; se respete el principio de solidaridad con el sistema público; y se justifique el interés de Osakidetza.