Real Decreto que regula las recetas de estupefacientes

Esta normativa mejora el acceso de los pacientes a la prescripción y dispensación de medicamentos estupefacientes. En la asistencia pública requiere una sola receta y amplía la posibilidad de prescripción por un periodo de hasta tres meses. –

El BOE publicó el pasado 29 de diciembre el Real Decreto que regula las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario.Este decreto mejora el acceso de los pacientes a la prescripción y dispensación de medicamentos estupefacientes (opiaceos, por ejemplo); será posible que, en el ámbito de la asistencia sanitaria pública, se requiera una sola receta, frente a las dos necesarias hasta ahora, rebajando la carga burocrática de los profesionales. También se amplía la posibilidad de prescripción de estos medicamentos por un período de hasta tres meses, frente al actual de un mes, para mejorar el acceso en tratamientos prolongados, sobre todo en el tratamiento del dolor oncológico. La norma también regula la prescripción y dispensación de medicamentos estupefacientes veterinarios.

El objetivo es mejorar el acceso a los pacientes que los necesitan que, por lo general padecen enfermedades que cursan con fuertes dolores, como algunos procesos oncológicos, y, a la vez, rebajar la carga burocrática de los profesionales. Al mismo tiempo, se mantienen todos los necesarios controles para evitar el uso indebido gracias a la incorporación de las nuevas tecnologías en la prescripción, dispensación y vigilancia de los medicamentos estupefacientes.

La norma forma parte del desarrollo reglamentario de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Como tal, regula las características de las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario.

Como novedad, el decreto establece que se requerirá una sola receta médica, frente a las dos necesarias hasta ahora. De este modo, se disminuyen las tareas administrativas de los profesionales sanitarios. La norma, además, amplía el plazo por el que pueden prescribirse estos medicamentos, que se fija en tres meses, frente al mes vigente en la actualidad. Se trata de medidas encaminadas a la mejora en el acceso a estos medicamentos en pacientes sometidos a tratamientos prolongados para paliar el dolor.

A la vez que se incorporan estas novedades, se mantienen los necesarios controles para evitar el uso indebido de este tipo de medicamentos y su desvío al tráfico ilícito. Esta vigilancia queda garantizada gracias a la incorporación de las nuevas tecnologías para las prescripciones de los medicamentos estupefacientes.

El Real Decreto también regula los requisitos específicos para la prescripción y dispensación de los medicamentos estupefacientes de uso veterinario, que hasta el momento no disponían de una normativa legal específica al respecto.

2013-01-07

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