Sobre la realización de pruebas de esfuerzo y de extracciones sanguíneas por personal no médico

El Ministerio de Sanidad informa de que las pruebas de esfuerzo deben llevarse a cabo por médicos generales, de familia, del deporte y de rehabilitación, mientras que las extracciones deben estar prescritas y supervisadas por un médico. Y recuerda que los graduados/licenciados en Educación Física y Ciencias del Deporte no tienen la consideración de profesión sanitaria titulada. –

La Federación Española de Medicina del Deporte efectuó una consulta al Ministerio de Sanidad sobre el comunicado difundido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Consejo COLEF) sobre la realización de pruebas de esfuerzo para la valoración de la condición física en el que indicaba la posibilidad de realización de estas pruebas por no sanitarios.

A este respecto el Ministerio informa:

«En cuanto a los graduados/licenciados en Educación Física y Ciencias del Deporte, no figuran relacionados en el artículo 6 de la mencionada ley por lo que dichos titulados no tienen la consideración de profesión sanitaria titulada y regulada en el sentido previsto en el artículo 36 de la Constitución Española».

«En cuanto a la posibilidad de que los graduados en Educación Física o Ciencias del Deporte puedan realizar pruebas de esfuerzo…, su realización debe llevarse a cabo por personal sanitario capacitado como son los médicos generales, los médicos Especialistas en Medicina Física y Rehabilitación, los médicos especialistas en Medicina de la Educación Física y del Deporte, así como los médicos especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria».

«Por lo que se refiere a la posibilidad de que los graduados en Educación Física o Ciencias del Deporte puedan realizar extracciones sanguíneas se informa que al ser la pruebas de extracción un procedimiento diagnóstico que genera información de utilidad clínica para ayudar al correcto diagnóstico, pronóstico y seguimiento de los estados de salud y enfermedad de las personas, se considera que dicha actividad debe ser prescrita y controlada por un médico o
Médico Especialista, sin perjuicio de que la extracción como tal pueda llevarse a cabo por otros profesionales sanitarios como los enfermeros».

La respuesta del Ministerio es clara y además totalmente coincidente con el Comunicado de la Federación Española de Medicina del Deporte (FEMEDE) y la Organización Médica Colegial (OMC) sobre las pruebas de esfuerzo en laboratorio, que se adjunta en esta información.

Según indican desde la FEMEDE, esta respuesta es concordante también con las actuaciones de las consejerías de sanidad de varias Comunidades Autónomas que, conocedoras de la existencia de centros que realizaban pruebas de esfuerzo en laboratorio sin dirección médica, han procedido a clausurar ese servicio, salvo que un médico fuera el que realizara dichas pruebas.

Así, apuntan: «como médicos, por ley y por práctica profesional habitual, tenemos la obligación inexcusable de proteger la salud de cualquier ciudadano, enfermo o sano, y obviamente no sólo no renunciamos a esa obligación sino que la consideramos como una de los pilares de la Medicina y por ello actuamos y actuaremos en consecuencia. Dada la trascendencia que tiene el tema, vamos a proceder a informar públicamente de esta información ministerial».

De la misma forma, ICOMA procede a informar a sus colegiados sobre esta circunstancia.

2015-03-24

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