El Parlamento Europeo respalda la labor de las organizaciones profesionales

Aprueba un informe sobre la Directiva de cualificaciones profesionales en el que destaca el papel de las organizaciones profesionales como fuentes principales de información

El Pleno del Parlamento Europeo aprobó el pasado el día 15 de noviembre un informe sobre la Directiva de cualificaciones profesionales, 2005/36/CE, en el que destaca el papel de las organizaciones profesionales como fuentes principales de información y pide a la Comisión que reinstaure los mecanismos de diálogo entre los Estados miembros, las autoridades competentes y los organismos profesionales.

Este informe se enmarca dentro del contexto de revisión de la 2005/36/CE y considera que la protección de la seguridad de consumidores y pacientes debe ser un objetivo vital en esta actualización de la Directiva.

La comisión de Mercado Interior del Parlamento Europeo, elaboró un informe de iniciativa sobre la aplicación de la Directiva 2005/36/CE en el que destaca el papel de las organizaciones profesionales como fuente principal de información para los profesionales, equiparándolas a otras fuentes ya consolidadas en la UE.

Es ahora el Pleno del PE el que respalda la labor de las organizaciones profesionales y pide a la Comisión Europea que restaure las vías de diálogo y facilite la cooperación con el fin de aumentar la movilidad transfronteriza para activar el crecimiento económico y la competitividad de la UE.

Propone que, a través del portal «Tu Europa», que da acceso a las ventanillas únicas actualmente disponibles en aplicación de la Directiva sobre los servicios, se facilite a los profesionales, en sus lenguas respectivas, una interfaz pública en la que podrán cargar documentos, acceder a su tarjeta profesional e imprimirla, y obtener información actualizada sobre el proceso de reconocimiento, así como información administrativa sobre autoridades competentes, organismos profesionales y documentos exigidos.

Los profesionales de la salud son los que tienen una mayor movilidad entre las profesiones reguladas de la UE, y entre 2007 y 2010 se concedió el reconocimiento a cerca de 57.200 médicos, enfermeros, dentistas, farmacéuticos, matronas y cirujanos veterinarios.

Hay también otros temas importantes que se abordan en este informe, que son los siguientes:

  • Prestación de servicios: pide que se clarifique con mayor detalle el concepto de prestación de servicios con carácter temporal u ocasional y considera que una definición que abarque todas las profesiones sería imposible de desarrollar y socavaría el principio de subsidiariedad. Insta a la Comisión a evaluar las disposiciones actualmente establecidas en el artículo 7 de la Directiva y a aportar explicaciones adicionales respecto a la jurisprudencia existente, en particular la relativa a las profesiones con implicaciones para la salud y la seguridad públicas.

  • Actualización de la formación: Señala que el público y los pacientes necesitan mayores garantías de que los profesionales de la salud que se benefician del reconocimiento mantienen al día sus conocimientos y competencias. Insta a la Comisión a explorar métodos para documentar todo el aprendizaje, tal vez mediante los pasaportes europeos de competencias y el Marco Europeo de Cualificaciones o el IMI, y a elaborar una tabla comparativa de los diversos sistemas de DPC existentes en los Estados miembros.

Destaca la importancia de que la formación continua se ajuste específicamente a las necesidades del mercado laboral en cada uno de los Estados Miembros, con miras a obtener un mayor aprovechamiento de los recursos formativos.

  • ta profesional: Considera que una tarjeta profesional podría ser un instrumento útil para potenciar la movilidad en algunas profesiones, simplificar los procedimientos administrativos y aumentar la seguridad. Insta a la Comisión a aportar -antes de que se introduzca ninguna tarjeta- pruebas del valor añadido que podría tener para el proceso de reconocimiento y subraya que la introducción de una tarjeta de este tipo debe cumplir condiciones concretas de seguridad y protección de datos e insiste en que deben establecerse las salvaguardias necesarias contra el abuso y el fraude.

  • Conocimientos lingüísticos: En el caso de los profesionales de la salud, la capacidad de comunicación con los colegas y los pacientes es fundamental para evitar situaciones peligrosas o que encierren una amenaza para la vida de las personas. Sostiene que la competencia lingüística es crucial para facilitar la integración de un profesional en otro país, garantizar la calidad de los servicios prestados y proteger la seguridad de consumidores y pacientes. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a revisar el régimen de requisitos lingüísticos aplicado a los profesionales sanitarios, facilitando a las autoridades competentes la flexibilidad necesaria para conocer y, solo si es necesario, examinar las competencias lingüísticas de los profesionales -en el terreno técnico y en el de la comunicación oral habitual- como parte del proceso de reconocimiento.

  • Comunicación de sanciones: Destaca que se han producido graves problemas con profesionales que han seguido ejerciendo en la UE a pesar de haber sido suspendidos o inhabilitados. Pide que se establezca, en el marco del sistema de información del mercado interior (IMI) y para las profesiones que no se rijan por la Directiva de servicios, un mecanismo de alerta proactivo que obligue a emitir una alerta hacia todos los Estados miembros cuando se adopten medidas legales contra el registro de un profesional o contra su derecho a ofrecer servicios, a condición de que dicho mecanismo de alerta no contenga otra información, respete la presunción de inocencia y observe las normas vigentes en materia de protección de los datos.

  • Reconocimiento de títulos de terceros países: Pone de relieve que la extensión del procedimiento de reconocimiento a cualificaciones de terceros países podría dar lugar a abusos del sistema, como la «búsqueda del fuero más ventajoso», y sería excesivamente peligrosa para las autoridades competentes del Estado miembro de acogida.

  • Prestación de servicios en línea: Hace hincapié en que, para proteger a los pacientes, los médicos que prestan servicios por vía electrónica deben ofrecer los mismos niveles de calidad y seguridad que en la prestación de servicios sanitarios no electrónicos.

  • Aplicación del sistema IMI: Apoya la extensión del IMI a las profesiones que todavía no se rigen por este Sistema de Información del Mercado Interior, así como a las profesiones que no se rigen por la Directiva 2005/36/CE.

El Parlamento Europeo pide a la Comisión que incluya en la Directiva revisada un mecanismo mediante el cual los Estados miembros puedan comprobar sus disposiciones normativas, excepto las relacionadas con las profesiones sanitarias, y puedan eliminarlas si no son proporcionadas.

Pide también que se establezcan directrices relativas al plazo dentro del cual la autoridad competente debe emitir una decisión sobre un expediente completo que una persona le haya presentado, para que este período sea «razonable».

Informe del Parlamento Europeo (texto en castellano)

Boletín «Europa al día

2011-11-22

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