Información sobre el RD 954/2015, que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos por parte de los enfermeros

Ante las distintas informaciones difundidas en torno a este Real decreto, publicado en diciembre de 2015, el Colegio de Médicos de Álava ha decidido trasladar a los colegiados su visión sobre esta normativa, recopilando además las distintas leyes y sentencias que hacen referencia directa a este asunto. –

Ante la preocupación que la entrada en vigor del RD 954/2015, que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos por parte de los enfermeros ha suscitado entre los colegiados y las posibles dudas que hayan podido surgir ante las distintas informaciones no siempre bien intencionadas que se han difundido sobre la postura de este Colegio, hemos considerado oportuno trasladar a los colegiados el posicionamiento del Colegio de Médicos de Álava; que, por otra parte, es coincidente con la de los Colegios de Bizkaia y de Gipuzkoa. Información disponible en el docuemnto adjunto.

Para que el colegiado pueda disponer de toda la información al respecto, hemos recopilado algunas de las leyes y normativas que abordan la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos.

  • RD 954/2015, que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos por parte de los enfermeros. Publicado en el BOE el 23 de diciembre de 2015.

  • La Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Publicada en el BOE el 22 de noviembre de 2003.

  • La Ley 10/2013, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal, y se modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

  • La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo sentencia el 3 de mayo de 2013 sobre receta médica, desestimando el recurso presentado contra el decreto 1710/2010 de 17 de diciembre sobre receta médica y órdenes de dispensación. confirma este hecho y dice que «el enfermero podrá indicar el uso de medicamentos sujetos a prescripción médica, es decir tras haber sido recetados por el médico, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud».

Compartir esta noticia