Nueva directiva de cualificaciones profesionales

Entre las novedades destaca la obligatoriedad de promover el desarrollo profesional continuo de los médicos, la evaluación de los conocimientos lingüísticos para garantizar la seguridad del paciente y la salud pública, el mecanismo de alerta para la comunicación de sanciones entre Estados miembros y la creación de la tarjeta profesional europea. –

La Directiva de cualificaciones profesionales, 2013/55/UE, entra en vigor este mes de enero. Entre las novedades que establece, podemos destacar la obligatoriedad de promover el desarrollo profesional continuo de los médicos, la evaluación de los conocimientos lingüísticos para garantizar la seguridad del paciente y la salud pública, el mecanismo de alerta para la comunicación de sanciones entre Estados miembros y la creación de la tarjeta profesional europea.

No se trata de una Directiva de compilación ya que únicamente se abordan los aspectos que han sido modificados o introducidos en la nueva normativa. Tampoco se actualizan los anexos en los que se recogen los títulos de médico y de médico especialista reconocidos en otros Estados miembros y la duración de la formación. Este apartado se incluye en lo que denominan, modificación de otros aspectos no esenciales de la Directiva, y delegan poderes en la Comisión para adaptar la duración mínima de la formación de médico especialista, así como la inclusión de nuevas especialidades médicas y la modificación de la lista establecida.

El plazo para incorporar su contenido al derecho nacional, finaliza el 18 de enero de 2016.

Los puntos fundamentales de esta nueva normativa que afectan a la profesión médica y que vamos a desarrollar son:

  • Formación básica.

  • Formación especializada.

  • Desarrollo profesional continuo.

  • Sistema de créditos europeos.

  • Reconocimiento de periodos de prácticas.

  • Tarjeta profesional europea.

  • Mecanismo de alerta para la comunicación de sanciones.

  • Conocimientos lingüísticos.

  • Prestación de servicios.

  • Centros de asistencia.

  • Ventanillas únicas.

  • Transparencia.

En el presente Boletín «Europa al día», incluimos el texto en español de la Directiva 2013/557UE.

2014-01-17

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