Posicionamiento del Colegio de Médicos de Álava (ICOMA) ante la solicitud de certificaciones médicas para justificar la no asistencia de menores a sus centros educativos

Ante la reciente apertura de los centros educativos y el inicio del curso escolar en la provincia y en relación con la pandemia de la Covid-19, se está experimentando una creciente demanda en las consultas de Atención Primaria, en especial en Pediatría, para obtener informes o certificados médicos con la finalidad de justificar la ausencia de los escolares a las clases presenciales. ICOMA recuerda a sus colegiados y colegiadas que no es su competencia justificar la ausencia de los escolares a los centros educativos y diseña un cartel para colocar en las consultas médicas e informar a los pacientes. –

Preocupados por la situación de saturación existente en Atención Primaria y para evitar malentendidos en este inicio de curso, desde el Colegio de Médicos de Araba/Álava queremos recordar a nuestros colegiados y colegiadas los siguientes aspectos:

– Los profesionales médicos no tienen responsabilidad u obligación de justificar faltas escolares. Según la legislación vigente, la responsabilidad de comunicar y justificar las ausencias escolares de menores de edad es única y exclusivamente de sus padres y madres, representantes o tutores legales. La labor de prevención o control de absentismo escolar no es competencia de los profesionales de la medicina.

– Los médicos y médicas sólo están obligados a emitir informes o certificados relativos al estado de salud que figure en la historia clínica del paciente y bajo su exclusivo criterio clínico, sin que puedan tener una finalidad determinada como la escolarización o la exención a la asistencia a clases presenciales en el centro educativo. No existe obligación de emitir certificados médicos con una finalidad predeterminada, ya sea solicitada por el propio paciente, sus progenitores o su representante legal.

– El Certificado Médico Oficial debe entenderse como una declaración escrita de un profesional médico que da fe del estado de salud de una persona en un determinado momento. Deben limitarse al contenido de la historia clínica del paciente sin realizar afirmación alguna que no pueda ser comprobada mediante el examen de la misma.

– Toda información que exceda el estado de salud del paciente en función de su historia clínica es un exceso en las funciones del médico que no tiene que llevar a cabo.

– Cuando los responsables del menor acuden con el mismo a una cita médica en horario escolar pueden solicitar en el centro sanitario, en el departamento administrativo, un justificante de asistencia a la consulta en cuestión, no siendo éste en ningún caso un justificante de ausencia escolar, ya que solo recoge la fecha y hora de la consulta sin revelar el tipo de asistencia médica precisada por el menor, ni su patología ni su tratamiento.

– En este escenario de pandemia, hay que evitar consultas innecesarias que puedan ocasionar una mayor congestión en las ya de por sí saturadas consultas de Atención Primaria.

El Colegio de Médicos de Araba/Álava ha diseñado un cartel para ser descargado por los colegiados y colegiadas que deseen colocarlo en su consulta y en el que se advierte de que no es competencia de los profesionales médicos firmar justificantes para la no asistencia de menores a centros escolares. El documento también recuerda que los/as facultativos/as no tienen obligación de firmar certificados que eximan del uso de mascarillas a los pacientes, tal y como el ICOMA informó a sus colegiados en la circular enviada el pasado 27 de julio.

El cartel editado por el ICOMA indica además que la exigencia de expedición de un certificado en contra de la voluntad del médico o médica pudiera ser constitutivo de un delito de coacciones (art. 172 del Código Penal).

Compartir esta noticia